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Iniciativa de Dany Soto pretende evitar que cualquiera de los padres o ascendientes provoquen, en un menor, rechazo, rencor o distanciamiento hacia el otro progenitor
Congreso04/03/2025Los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GP-PRI), pretenden garantizar la convivencia de los menores con sus ascendientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, mediante reforma al Código Civil; la iniciativa, tiene como propósito, además, evitar todo acto, de parte de cualquiera de los progenitores o ascendientes, encaminado a provocar en un infante o adolescente, rechazo, rencor o distanciamiento hacia el otro progenitor.
La diputada Dany Soto Hernández, explicó que hoy, los tipos de familia actuales son muy diferentes a las familias de hace 50 años. La evolución del concepto y los tipos de familia ha variado progresivamente al igual que lo ha hecho la sociedad y la cultura, dando lugar a una diversidad mayor, como la familia extensa o extendida.
Indicó que una familia extensa o extendida es un grupo de parientes que incluye a los padres, hijos, tíos, primos, abuelos, bisabuelos, y otros consanguíneos y puede estar conformada por tres o más generaciones, aun cuando no convivan en el mismo hogar.
“Quién ejerza la patria potestad, debe procurar el respeto y el acercamiento constante de las niñas, niños o adolescentes con el otro ascendiente, así como con la familia extensa, a efecto de conservar los lazos afectivo filiales con miembros que la conforman, estos deberán evitar cualquier acto de alienación parental”, plantea la iniciativa de reforma al artículo 406 BIS, presentada por Dany Soto.
Agregó que cuando una familia atraviesa la difícil decisión de separarse, es común que los menores despierten sentimientos de tristeza, confusión y miedo al separarse de otros integrantes. Sin embargo, en medio de ese caos emocional, existe una oportunidad invaluable para redefinir este tipo de relaciones.
Cuando el juez tenga conocimiento de este tipo de actos tomará las medidas necesarias de seguridad, seguimiento, y en su caso, ordenará las terapias que permitan corregir y evitar estas conductas, con el propósito de salvaguardar la integridad física y emocional del menor.
En razón a lo anterior, finalizó la legisladora del GP-PRI, “buscamos facilitar la convivencia que deben tener los menores hijos e hijas con todos los miembros de la familia, pues si bien es cierto que son los progenitores quienes solicitan el derecho de convivencia, estos no son absolutos sobre el contenido y alcance de tal derecho”.
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